Elaboración de propuesta y expediente de la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable de Huatulco

Cliente: World Wildlife Fund (WWF) y la Secretaría de Turismo. Febrero de 2016 a Mayo de 2016.

Realizado con financiamiento de WWF y a solicitud de la Secretaría de Turismo, este proyecto tuvo como objetivo integrar el expediente técnico para la creación de la Primera Zona de Desarrollo Turístico Sustentable en México, en la cuenca Copalita – Zimatán – Huatulco; en cumplimiento al Capítulo V del Reglamento de la Ley General de Turismo, mismo que da fundamento legal a una nueva figura de derecho público para un desarrollo turístico sustentable, conocida como “Zona de Desarrollo Turístico Sustentable”, en reconocimiento a la necesidad de cambiar de modelo de desarrollo turístico de alto impacto ambiental, hacia otro orientado a la protección de los recursos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad, en equilibrio con las necesidades de la población local de beneficiarse de los servicios de los activos turísticos con los que cuentan.

Para decretar una Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, se tienen que cumplir con una serie de requisitos señalados en el Reglamento. La consultoría consistió en hacer un ejercicio de revisión exhaustiva de todas las fuentes de información documentales y en línea (documentos técnicos, informes, bases de datos de INEGI, CONAPO, SEDESOL, SEMARNAT, CONABIO, CONANP, etc., bases cartográficas, entrevistas, entre otras fuentes de información), a fin de integrar el documento que habrá de sustentar el Decreto de Creación de la Primera Zona de Desarrollo Turístico Huatulco.

De acuerdo con lo que señala el Reglamento de la Ley General de Turismo, dicha zona debe cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: ubicación, composición municipal, características naturales y culturales que integren el atractivo turístico que justifica su nombramiento, todos los instrumentos de planeación que inciden en el área (PDU, POEL, Atlas de Riesgos, Planes de Acción Climática) y figuras jurídicas de protección ambiental (ANPs, Sitios RAMSAR, ADVCs, AICAS, etc.). Uno de los mayores retos del estudio fue hacer un dictamen de suficiencia de infraestructura y equipamiento, en una zona que se caracteriza por grandes rezagos en ambas materias, por lo que de cumplirse al pie de la letra con la Ley, se hubiera tenido una delimitación acotada a la zonas urbano – turísticas que tienen una buena cobertura de estos servicios y se hubiera dejado de lado, a decenas de localidades que dependen también de la actividad turística. Así, una de las conclusiones a la que se llegó, es que, el nombramiento como Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, debe verse también como una oportunidad de abatir rezagos precisamente en zonas que no cuentan con una buena cobertura de equipamiento y servicios y que el hecho de ser incluidas dentro de una Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, les ofrece una oportunidad de abatir rezagos.

Otra recomendación fue la de persistir en prácticas como la reforestación en las cuencas altas de los Ríos Copalita – Zimatán – Huatulco, a la luz de la demanda creciente de agua que está teniendo el centro de población de Bahías de Huatulco.

Parte del proyecto consistió en el desarrollo de un Taller de Cartografía Participativa en la que se pudo recoger el testimonio de actores locales clave (municipales, estatales, federales, sector social, sector académico), y plasmarlos en la propuesta de delimitación de dicha zona.

Uno de los hallazgos del estudio fue dimensionar los requisitos que pide el Reglamento de la Ley. No cualquier zona con potencial turístico tiene los elementos suficientes para buscar un nombramiento como Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, a pesar de que Huatulco es uno de los destinos turísticos más importantes de México, y cuenta con mucha información. Sin embargo, aún tiene vacíos de información cuyos costos de generación van desde los 2 millones de pesos, hasta más de 5 millones de pesos, y que no le permiten cubrir cabalmente con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Turismo.